- Objeto.- La entidad beneficiaria, acepta la donación
realizada por Vodafone a través del “Programa DONO”, de conformidad con
todas y cada una de las Condiciones establecidas en el presente
documento las cuales se obliga a cumplir.
- Duración.-
El objeto de la donación tendrá una duración de un año desde la
activación del servicio. Una vez transcurrido el citado periodo,
Vodafone procederá a la cancelación del mismo.
- Obligaciones
de la entidad beneficiaria.- La entidad beneficiaria estará obligada a
hacer un uso razonable del producto y/o servicio donado conforme a las
posibilidades y fines para los que está concebido, bajo los principios
de buena fe y con respeto a la legalidad vigente y a los derechos de la
propia Vodafone y de terceros, y a no ceder el derecho a la utilización
del producto y/o servicio donado sin el consentimiento previo y por
escrito de Vodafone, de conformidad con las presentes condiciones.
El producto y/o servicio cedido por Vodafone a la entidad beneficiaria,
sólo podrá ser utilizado por ésta durante el periodo de un año y será
responsabilidad exclusiva de la entidad beneficiaria la custodia
diligente y confidencial de los mismos, así como cualesquiera daños y
perjuicios que eventualmente pudieran derivarse de su uso por terceros
en razón de la falta de diligencia o confidencialidad en su custodia
por la entidad beneficiaria.
Asimismo, la entidad beneficiaria se compromete a incluir un banner en
su página web con enlace a la página web de Vodafone o comunicar el
patrocinio siempre que sea posible.
- Obligaciones
de Vodafone.- Vodafone no asumirá responsabilidad alguna de los daños y
perjuicios que, como consecuencia del uso del producto y/o servicio
objeto de donación, se genere a la entidad beneficiaria o a cualquier
tercero que se vea afectado directa o indirectamente por las
consecuencias de uso del mencionado servicio, asumiendo la entidad
beneficiaria las consecuencias derivadas de los daños y perjuicios
ocasionados a estos terceros.
Vodafone está facultado, en
caso de uso fraudulento o en contra de los principios de buena fe, por
parte de la entidad beneficiaria, a la suspensión, cancelación y/o
restricción de los productos y/o servicios donados. De igual forma,
dicha restricción se llevará a cabo en caso de incumplimiento, por
parte de la entidad beneficiaria, de las condiciones establecidas en el
presente documento.
Vodafone pondrá a disposición de la entidad beneficiaria un servicio
exclusivo de atención a través del correo electrónico
[email protected] para la resolución de cualquier incidencia
relacionada con los servicios donados.
- Desconexión
de determinados servicios.- Vodafone informa a la entidad beneficiaria
de la desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de
tarificación adicional y llamadas internacionales.
- Seguridad.-
La entidad beneficiaria es responsable de la custodia diligente y el
mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de
acceso o sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que sean
facilitados por Vodafone. Dichos mecanismos de seguridad sólo podrán
ser utilizados por la entidad beneficiaria.
- Cumplimiento
del Contrato y Uso Lícito del Servicio.- La entidad beneficiaria se
compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en el presente
documento y a hacer un uso lícito del Servicio prestado, conforme a los
principios de la buena fe, y no podrá obtener un beneficio económico,
por la utilización del Servicio, distinto del derivado de este
Contrato, ni utilizar su condición de Cliente para llevar a cabo una
actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender
el Servicio prestado por Vodafone o explotar el Servicio para otros
fines en cualquier forma. El incumplimiento o la apreciación objetiva,
por parte de Vodafone, del riesgo de incumplimiento de las obligaciones
anteriormente citadas, supondrá la resolución automática del Contrato.
El Cliente, con la finalidad de que Vodafone preste un Servicio
adecuado y seguro, autoriza a Vodafone a utilizar tecnología de
filtrado u otras medidas de seguridad con el fin de garantizar los
derechos del Cliente y evitar el fraude o el uso ilícito o irregular
del Servicio.
- Cesión.-
Ninguna de las partes podrá ceder el presente Contrato, total o
parcialmente, a terceros sin el consentimiento previo de la otra parte.
A estos efectos, no tendrán la consideración de terceros las sociedades
pertenecientes al Grupo Vodafone.
- Notificaciones.- A
efectos del envío de correspondencia y de cualquier tipo de
comunicación o notificación, se considerarán válidos los correos
electrónicos dispuestos al efecto y establecido en el punto cuarto.
Vodafone se reserva el derecho de cambiar el citado correo electrónico
con la simple comunicación a la entidad beneficiaria.